Es la Ley – Inscripción Electoral a través de Organizaciones Externas
Organización Externa de Inscripción Electoral: Cualquier persona, entidad u organización que solicite o reúna aplicaciones de inscripción electoral, con la excepción de:
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Una persona que solo desea inscribir para votar o recoger aplicaciones de inscripción de electores ya completadas por su esposo(a), hijos o padres.
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Una persona que esté recogiendo aplicaciones de inscripción electoral en función de empleado o agente de la División de Elecciones de la Florida, la oficina del Supervisor de Elecciones, el Departamento de Seguridad en las Carreteras y Vehículos de Motor o una agencia oficial de inscripción electoral designada por el Acta de Inscripción Electoral Nacional (NVRA por sus siglas en inglés) o una ley estatal.
La ley de la Florida (Estatuto de la Florida 97.0575) requiere que antes de efectuar cualquier actividad de inscripción electoral, toda organización externa de inscripción electoral debe llenar y entregar el formulario DS-DE 119 con la División de Elecciones de Florida.
Una organización externa de inscripción electoral que reúne aplicaciones de inscripción electoral sirve como fiduciario del solicitante, asegurando que cualquier aplicación de inscripción electoral que ha sido entregada en confianza a la organización externa de inscripción electoral, independiente de la afiliación partidaria, raza, origen étnico o sexo, será entregada con puntualidad a la División de Elecciones o a la oficina del Supervisor de Elecciones (SOE) en el condado en el cual el solicitante reside, no más tarde de 10 días despues que haya sido completada por el solicitante pero no más tarde del cierre de inscripción electoral. Para más información y actualizaciones recientes al Estatuto de la Florida 97.0575 presione aquí.
Cualquier violación de la entrega a tiempo de las solicitudes de inscripción electoral será referida a la División de Elecciones.
Una persona que afirma haber sido inscrita por una organización externa de inscripción electoral, pero no aparece como un elector activo en las listas de inscripción electoral, puede presionar aquí para descargar el Formulario DS-DE 121 titulado "Form for Complaint against Third-Party Voter Registration Organization”.
Le sugerimos que revise en su totalidad el Reglamento 1S-2.042.
Conforme a la ley de la Florida (Estatuto de la Florida 104.012) es un delito grave de tercer grado:
*Dar cualquier cosa de valor que pueda ser canjeable en efectivo a cualquier persona en gratificación por él o ella haberse convertido en un elector inscrito;
*Directa o indirectamente, influenciar, engañar, o disuadir, o tratar de influenciar, engañar o disuadir a cualquier persona en el libre empleo de su derecho a votar, por medio de soborno, amenaza u otro tipo de corrupción en cualquier momento.
*Solicitar o pagar a otra persona para que solicite inscripciones de electores cuya compensación se base en el número de inscripciones obtenidas o
*Alterar la aplicación de inscripción de electores de cualquier otra persona, sin el consentimiento o conocimiento de la otra persona.
Si usted tiene alguna pregunta relacionada con todo lo mencionado arriba, por favor comuníquese con su oficina local de la Supervisora de Elecciones llamando al 407-742-6000.